- Semana de Solidaridad con los pueblos de todos los territorios coloniales





- Semana de Solidaridad con los pueblos
 de todos los territorios coloniales 
25 de mayo 


La Carta de las Naciones Unidas
 se ocupa de la cuestión de los territorios no 
autónomos que no están sometidos al régimen 
de administración fiduciaria.

En el Capítulo XI de la Carta, la declaración relativa
 a territorios no autónomos, se enuncia que los 
Estados Miembros que administran territorios que
 no han alcanzado todavía la plenitud de la libre 
determinación reconocen «que los intereses de los
 habitantes de esos territorios están por encima de todo» 
y aceptan como un «encargo sagrado» la obligación
 de promover su bienestar.



Con ese objeto, las Potencias administradoras, 
además de asegurar el progreso político, económico, 
social y educacional de los pueblos, se comprometen a 
ayudarlos a lograr la libre determinación y a establecer instituciones políticas democráticas.

 Las Potencias administradoras tienen la obligación
 de comunicar periódicamente al Secretario General 
 información sobre la situación económica, social y 
educacional en los territorios bajo su administración.



En 1946, ocho Estados Miembros, 
Australia, Bélgica, Dinamarca, Estados Unidos de América, Francia, Nueva Zelandia, Países Bajos y Reino Unido
 de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, establecieron cuáles territorios sometidos a su administración consideraban
 que eran territorios no autónomos. 

Se indicó un total de 72 territorios, de los que ocho
 alcanzaron la independencia con anterioridad a 1959.

La comunicación de información por la Potencia 
administradora se suspendió en relación con otros 21 
 territorios por diversas razones. 

En algunos casos, como en relación con Puerto Rico,
 Groenlandia, Alaska y Hawai, la Asamblea General
 aceptó la cesación de la información; en otros casos,
 la decisión fue adoptada de modo unilateral por
 la Potencia administradora.

En 1963, la Asamblea aprobó una lista revisada de
 64 territorios a los que era aplicable la Declaración sobre 
la concesión de la independencia a los países y pueblos
  coloniales, de 1960. 



La lista incluía los dos únicos territorios sometidos
 al régimen de administración fiduciaria que quedaban 
en aquel momento (Nauru y el Territorio en Fideicomiso 
de las Islas del Pacífico); los territorios no autónomos
 respecto de los cuales se comunicaba información en
 virtud de lo dispuesto en el Capítulo XI de la Carta 
(apartado e) del Artículo 73), inclusive cuatro territorios administrados por España; Namibia (que entonces se
 denominaba África Sudoccidental); y los territorios
 no autónomos respecto de los cuales no se comunicaba información pero que la Asamblea había determinado
 que eran territorios no autónomos, a saber, los 
territorios bajo administración portuguesa y Rhodesia
 del Sur (actualmente Zimbabwe). La lista se amplió en 
1965 para incluir la Somalia francesa (actualmente Djibouti)
 y Omán. Las Islas Comoras fueron incluidas en 1972
 y Nueva Caledonia en 1986.




Entre 1960 y 2002, 54 territorios alcanzaron la libre
 determinación. En la actualidad todavía hay 
16 territorios no autónomos.

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