- Día Internacional
de la Abolición de la Esclavitud
2 de diciembre
Se celebra el 2 de diciembre
en conmemoración al 2 de diciembre de 1949
fecha en la que la Asamblea General de
Naciones Unidas aprobó el
Convenio para la represión de la trata
de personas y la explotación ajena.
El objetivo del día es reclamar la erradicación
de las formas contemporáneas de esclavitud
como son la trata de personas, la explotación
sexual, el trabajo infantil, el matrimonio forzado
y el reclutamiento de niños para utilizarlos
en conflictos armados.
Para recordar el Convenio, un informe realizado
por el equipo de
trabajo sobre Esclavitud de la
ONU recomendó en 1985 que el 2 de
diciembre
fuera proclamado
"Día Mundial para la Abolición de la
Esclavitud"
en todas sus formas. Por ello de 1985 a 1994
se celebró el
"Día Mundial contra la Esclavitud"
y en 1995 pasó a denominarse
"Día
Internacional
para la Abolición de la Esclavitud.
En torno a la celebración en 2004
del Año internacional de Conmemoración de la
Lucha contra la Esclavitud y su Abolición
se
reforzaron los mecanismos internacionales de
lucha contra la
esclavitud y los organismos
internacionales desarrollaron nuevas
estrategias
para la abolición de la esclavitud.
En 2007 la Asamblea de
Naciones Unidas
decidió designar también el 25 de marzo como
que se celebra anualmente a partir de 2008.
Cada año millones de personas,
en su mayoría mujeres y menores, son
engañadas,
vendidas, coaccionadas o sometidas de alguna manera
a
situaciones de explotación de las cuales no pueden
escapar. Constituyen
la mercancía de una industria
mundial que mueve miles de millones de
dólares
y que está dominada por grupos de delincuentes
organizados que
operan en muchas
ocasiones con impunidad.
Según la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), millones de jóvenes se encuentran en condiciones
cercanas a la
esclavitud como víctimas de trabajo
forzado o en régimen de servidumbre,
un 73% de
estos jóvenes –alrededor de 180 millones- desempeñan
las
peores formas de trabajo infantil, entre ellas la
prostitución, el
trabajo esclavizado y el trabajo peligroso.
Además, las cifras indican
también que la
esclavitud no ha desaparecido, ya que alrededor
de 5,7
millones de jóvenes se encuentran en una
situación de servidumbre o se
ven obligados a trabajar.
Según el Fondo de las Naciones Unidas para
la Infancia
(UNICEF), en todo el mundo un niño de
cada seis trabaja y la mayoría de
ellos sufren
explotación económica a pesar de que el artículo
32 de la Convención sobre los
Derechos del Niño reconoce
«el
derecho del niño a estar protegido contra
la explotación económica y
contra el desempeño
de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o
entorpecer su educación, o que sea nocivo para
su salud o para su
desarrollo físico, mental,
espiritual, moral o social».
A la explotación se suma el negocio
de la trata de personas. En África,
se venden
menores por 14 dólares, actividad que según
la OIT reporta a
los criminales 7 mil millones de
dólares anuales. También, en esta misma
región,
80 millones de menores entre 5 y 14 años
son obligados a
trabajar en la prostitución
y en actividades como la minería.
UNICEF calcula que 200 mil niños africanos
son vendidos como esclavos
cada año; entre
45.000 y 50.000 mujeres y niños son trasladados
cada
año por los traficantes únicamente hacia los
Estados Unidos.
El aumento del número de casos
de trata de personas, así como su
expansión a zonas
que antes no estaban tan afectadas, coincide con el
aumento de las dificultades económicas,
-especialmente en los países en
desarrollo y
en los países con economías en transición-,
los enormes
obstáculos a la migración legal
y la existencia de graves conflictos
armados.
La trata de personas está directamente
relacionada con la
discriminación tanto racial como
étnica, sexual y de género. Las
personas inmigrantes
constituyen un grupo especialmente vulnerable al
que no sólo le son violados sus derechos como
trabajadores sino como
seres humanos.
En el Protocolo para prevenir, reprimir y
sancionar la trata de personas, especialmente
mujeres y niños que complementa la Convención
de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional , define la trata de
personas como la
captación, el transporte,
el traslado, la acogida o la recepción de
personas,
recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza
u otras formas
de coacción, al rapto, al fraude,
al engaño, al abuso de poder o de una
situación de
vulnerabilidad o a la concesión o recepción de
pagos o
beneficios para obtener el consentimiento
de una persona que tenga
autoridad sobre otra,
con fines de explotación.
La explotación incluye, como mínimo,
la explotación de la prostitución ajena
u otras formas de explotación sexual, los trabajos
o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas
análogas a la esclavitud, la servidumbre
o la extracción de órganos.
El protocolo establece que "el
consentimiento
dado por la víctima de la trata de personas
a toda forma
de explotación intencional es
irrelevante y si la víctima de la trata
es un niño,
es un crimen aún sin el uso de la fuerza."
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