DÍA MUNDIAL CONTRA EL TRABAJO INFANTIL. ®



 DÍA MUNDIAL
 CONTRA EL TRABAJO INFATIL
12 DE JUNIO


Cuando un Niño trabaja sus sueños desaparecen
 
Antecedentes

¿Qué se entiende por trabajo infantil?

El trabajo infantil pone en riesgo a los menores
 y viola tanto el derecho internacional 
como las legislaciones nacionales.
 Priva a los niños de su educación o les exige
 asumir una doble carga: el trabajo y la escuela.
 El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un 
subconjunto de actividades laborales llevadas
 a cabo por menores de edad e incluye: 

•Las «incuestionablemente» peores formas

 de trabajo infantil, tales como la esclavitud, 
o prácticas similares, y el uso de niños 
en la prostitución u otras actividades ilegales.

•El trabajo hecho por los niños menores

 de la edad legal para ese tipo de tareas, tal 
y como se establece en las legislaciones nacionales
 de acuerdo con los estándares internacionales.

En la actualidad, cerca de 168 millones de niños
 trabajan en el mundo, muchos a tiempo completo.
 Ellos no van a la escuela y no tienen tiempo para jugar.
 Muchos no reciben alimentación ni cuidados apropiados. 
Se les niega la oportunidad de ser niños. 
Más de la mitad de estos niños están expuestos 
a las peores formas de trabajo infantil como trabajo
 en ambientes peligrosos, esclavitud, y otras formas
 de trabajo forzoso, actividades ilícitas incluyendo
 el tráfico de drogas y prostitución, así como su 
participación involuntaria en los conflictos armados. 

El Programa Internacional para la Erradicación 
del Trabajo Infantil (IPEC), guiado por los principios
 consagrados en el Convenio núm 138 sobre
 la edad mínima y el Convenio núm 182 sobre las peores
 formas de trabajo infantil de la OIT, trabaja para 
alcanzar la abolición efectiva del trabajo infantil.

Estándares laborales

Uno de los principales objetivos que se fijaron 
para la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
 cuando se fundó en 1919 fue la abolición 
del trabajo infantil.

 Desde una perspectiva histórica, el principal 
instrumento de la OIT para alcanzar el objetivo
 de la abolición efectiva del trabajo infantil ha sido 
la adopción y la supervisión de los estándares laborales
 en los que se aborda el concepto de edad mínima 
de admisión al empleo o al trabajo.
Además, desde 1919, el principio de que las normas 
 relativas a la edad mínima deberían ir asociadas 
a la escolarización ha formado parte de la tradición 
normativa de la OIT en esa esfera.
 En él Convenio núm. 138 se establece que la 
edad mínima de admisión al empleo no deberá 
ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar.

La adopción por la OIT diez años después del 
Convenio núm. 182 consolidó el consenso que
 existía a escala mundial en torno a la eliminación 
del trabajo infantil. Este instrumento estableció los
 objetivos más concretos que tanto se necesitaban, 
sin abandonar el objetivo general expresado en el
 Convenio núm. 138 de la abolición efectiva del 
trabajo infantil. Además, el concepto de las peores
 formas contribuye a fijar prioridades y puede servir
 como punto de partida para abordar el problema
 principal del trabajo infantil. El concepto también
 ayuda a prestar atención a los efectos del trabajo
 en los niños y al tipo de trabajo que realizan.

El trabajo infantil prohibido en el derecho 
internacional queda comprendido en tres 
categorías, a saber:

•Las formas incuestionablemente peores 

de trabajo infantil, que internacionalmente 
se definen como esclavitud, trata de personas, 
 servidumbre por deudas y otras formas de
 trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños 
para utilizarlos en conflictos armados, prostitución
 y pornografía, y otras actividades ilícitas.

•Un trabajo realizado por un niño que no alcanza

 la edad mínima especificada para ese tipo
 de trabajo (según determine la legislación nacional, 
de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas),
 y que, por consiguiente, impida probablemente la 
educación y el pleno desarrollo del niño.

•Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico,

 mental o moral del niño, ya sea por su propia
 naturaleza o por las condiciones en que se realiza, 
y que se denomina 
«trabajo peligroso»

1 comentarios:

  1. Lo mas curioso es que los mismos que promulgan las leyes son los mas esclavista, pues someten al mundo a sus pies.
    Si se hiciese un análisis comprobarían que los ricos son esclavistas en su totalidad.

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