DÍA MUNDIAL
CONTRA EL TRABAJO INFATIL
CONTRA EL TRABAJO INFATIL
12 DE JUNIO
Cuando un Niño trabaja sus sueños desaparecen
Antecedentes
¿Qué se entiende por trabajo infantil?
El trabajo infantil pone en riesgo a los menores
y viola tanto el derecho internacional
como las legislaciones nacionales.
Priva a los niños de su educación o les exige
asumir una doble carga: el trabajo y la escuela.
El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un
subconjunto de actividades laborales llevadas
a cabo por menores de edad e incluye:
•Las «incuestionablemente» peores formas
de trabajo infantil, tales como la esclavitud,
o prácticas similares, y el uso de niños
en la prostitución u otras actividades ilegales.
•El trabajo hecho por los niños menores
de la edad legal para ese tipo de tareas, tal
y como se establece en las legislaciones nacionales
de acuerdo con los estándares internacionales.
En la actualidad, cerca de 168 millones de niños
trabajan en el mundo, muchos a tiempo completo.
Ellos no van a la escuela y no tienen tiempo para jugar.
Muchos no reciben alimentación ni cuidados apropiados.
Se les niega la oportunidad de ser niños.
Más de la mitad de estos niños están expuestos
a las peores formas de trabajo infantil como trabajo
en ambientes peligrosos, esclavitud, y otras formas
de trabajo forzoso, actividades ilícitas incluyendo
el tráfico de drogas y prostitución, así como su
participación involuntaria en los conflictos armados.
El Programa Internacional para la Erradicación
del Trabajo Infantil (IPEC), guiado por los principios
consagrados en el Convenio núm 138 sobre
la edad mínima y el Convenio núm 182 sobre las peores
formas de trabajo infantil de la OIT, trabaja para
alcanzar la abolición efectiva del trabajo infantil.
Estándares laborales
Uno de los principales objetivos que se fijaron
para la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
cuando se fundó en 1919 fue la abolición
del trabajo infantil.
Desde una perspectiva histórica, el principal
instrumento de la OIT para alcanzar el objetivo
de la abolición efectiva del trabajo infantil ha sido
la adopción y la supervisión de los estándares laborales
en los que se aborda el concepto de edad mínima
de admisión al empleo o al trabajo.
Además, desde 1919, el principio de que las normas
relativas a la edad mínima deberían ir asociadas
a la escolarización ha formado parte de la tradición
normativa de la OIT en esa esfera.
En él Convenio núm. 138 se establece que la
edad mínima de admisión al empleo no deberá
ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar.
La adopción por la OIT diez años después del
Convenio núm. 182 consolidó el consenso que
existía a escala mundial en torno a la eliminación
del trabajo infantil. Este instrumento estableció los
objetivos más concretos que tanto se necesitaban,
sin abandonar el objetivo general expresado en el
Convenio núm. 138 de la abolición efectiva del
trabajo infantil. Además, el concepto de las peores
formas contribuye a fijar prioridades y puede servir
como punto de partida para abordar el problema
principal del trabajo infantil. El concepto también
ayuda a prestar atención a los efectos del trabajo
en los niños y al tipo de trabajo que realizan.
El trabajo infantil prohibido en el derecho
internacional queda comprendido en tres
categorías, a saber:
•Las formas incuestionablemente peores
de trabajo infantil, que internacionalmente
se definen como esclavitud, trata de personas,
servidumbre por deudas y otras formas de
trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños
para utilizarlos en conflictos armados, prostitución
y pornografía, y otras actividades ilícitas.
•Un trabajo realizado por un niño que no alcanza
la edad mínima especificada para ese tipo
de trabajo (según determine la legislación nacional,
de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas),
y que, por consiguiente, impida probablemente la
educación y el pleno desarrollo del niño.
•Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico,
mental o moral del niño, ya sea por su propia
naturaleza o por las condiciones en que se realiza,
y que se denomina
«trabajo peligroso»
¿Qué se entiende por trabajo infantil?
El trabajo infantil pone en riesgo a los menores
y viola tanto el derecho internacional
como las legislaciones nacionales.
Priva a los niños de su educación o les exige
asumir una doble carga: el trabajo y la escuela.
El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un
subconjunto de actividades laborales llevadas
a cabo por menores de edad e incluye:
•Las «incuestionablemente» peores formas
de trabajo infantil, tales como la esclavitud,
o prácticas similares, y el uso de niños
en la prostitución u otras actividades ilegales.
•El trabajo hecho por los niños menores
de la edad legal para ese tipo de tareas, tal
y como se establece en las legislaciones nacionales
de acuerdo con los estándares internacionales.
En la actualidad, cerca de 168 millones de niños
trabajan en el mundo, muchos a tiempo completo.
Ellos no van a la escuela y no tienen tiempo para jugar.
Muchos no reciben alimentación ni cuidados apropiados.
Se les niega la oportunidad de ser niños.
Más de la mitad de estos niños están expuestos
a las peores formas de trabajo infantil como trabajo
en ambientes peligrosos, esclavitud, y otras formas
de trabajo forzoso, actividades ilícitas incluyendo
el tráfico de drogas y prostitución, así como su
participación involuntaria en los conflictos armados.
El Programa Internacional para la Erradicación
del Trabajo Infantil (IPEC), guiado por los principios
consagrados en el Convenio núm 138 sobre
la edad mínima y el Convenio núm 182 sobre las peores
formas de trabajo infantil de la OIT, trabaja para
alcanzar la abolición efectiva del trabajo infantil.
Estándares laborales
Uno de los principales objetivos que se fijaron
para la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
cuando se fundó en 1919 fue la abolición
del trabajo infantil.
Desde una perspectiva histórica, el principal
instrumento de la OIT para alcanzar el objetivo
de la abolición efectiva del trabajo infantil ha sido
la adopción y la supervisión de los estándares laborales
en los que se aborda el concepto de edad mínima
de admisión al empleo o al trabajo.
Además, desde 1919, el principio de que las normas
relativas a la edad mínima deberían ir asociadas
a la escolarización ha formado parte de la tradición
normativa de la OIT en esa esfera.
En él Convenio núm. 138 se establece que la
edad mínima de admisión al empleo no deberá
ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar.
La adopción por la OIT diez años después del
Convenio núm. 182 consolidó el consenso que
existía a escala mundial en torno a la eliminación
del trabajo infantil. Este instrumento estableció los
objetivos más concretos que tanto se necesitaban,
sin abandonar el objetivo general expresado en el
Convenio núm. 138 de la abolición efectiva del
trabajo infantil. Además, el concepto de las peores
formas contribuye a fijar prioridades y puede servir
como punto de partida para abordar el problema
principal del trabajo infantil. El concepto también
ayuda a prestar atención a los efectos del trabajo
en los niños y al tipo de trabajo que realizan.
El trabajo infantil prohibido en el derecho
internacional queda comprendido en tres
categorías, a saber:
•Las formas incuestionablemente peores
de trabajo infantil, que internacionalmente
se definen como esclavitud, trata de personas,
servidumbre por deudas y otras formas de
trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños
para utilizarlos en conflictos armados, prostitución
y pornografía, y otras actividades ilícitas.
•Un trabajo realizado por un niño que no alcanza
la edad mínima especificada para ese tipo
de trabajo (según determine la legislación nacional,
de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas),
y que, por consiguiente, impida probablemente la
educación y el pleno desarrollo del niño.
•Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico,
mental o moral del niño, ya sea por su propia
naturaleza o por las condiciones en que se realiza,
y que se denomina
«trabajo peligroso»
Lo mas curioso es que los mismos que promulgan las leyes son los mas esclavista, pues someten al mundo a sus pies.
ResponderEliminarSi se hiciese un análisis comprobarían que los ricos son esclavistas en su totalidad.